Curso Resolución de conflictos y mediación inmobiliaria

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Curso Resolución de conflictos y mediación inmobiliaria

13 de abril de 2026 COAPI CÓRDOBA Comments Off

El pasado viernes 10 de abril de 2026 se celebró, en el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Córdoba, una ponencia sobre resolución de conflictos y mediación inmobiliaria. Esta actividad forma parte del programa formativo que el COAPI Córdoba www.coapicordoba.es  viene desarrollando a lo largo del año, gracias a la subvención concedida por el IMDEEC (Instituto Municipal de Desarrollo Económico y Empleo de Córdoba) dentro de la convocatoria de ayudas ESAL 2025.

El calendario completo de estas acciones formativas puede consultarse en la página web: https://www.formacionapicordoba2026-esal.es/

La ponencia fue impartida por Dª Raquel del Moral Cejas y Dª Ana María Delgado Bellido, abogadas especializadas en medios adecuados de solución de controversias (MASC), y fue presentada por Dª Ana María Moreno Ramírez, abogada y presidenta del Consejo Andaluz de APIS.

La importancia de la mediación inmobiliaria

Durante la sesión se abordaron los conflictos más habituales en el ámbito inmobiliario, así como el papel fundamental del agente de la propiedad inmobiliaria en su prevención y gestión. Se analizó por qué este tipo de conflictos presenta una especial complejidad, destacando factores como el alto componente emocional, la implicación de importantes cantidades económicas, la asimetría de la información entre las partes, las expectativas poco realistas, así como los tiempos de espera y las dificultades de financiación.

Asimismo, se incidió en la importancia de comprender el conflicto y sus distintas fases, explicando el proceso de escalada que suele producirse: desde el desacuerdo inicial, pasando por la personalización del conflicto, hasta llegar al ataque y la ruptura de la relación entre las partes. En este sentido, se reflexionó también sobre el coste real del conflicto, no solo en términos económicos, sino también en tiempo, estrés, pérdida de operaciones, deterioro de la reputación profesional y posibles litigios prolongados.

Entre los conflictos más habituales tratados se encuentran los relacionados con contratos de arras y desistimientos, defectos ocultos, retrasos en la firma de escrituras, discrepancias en honorarios, conflictos entre arrendador y arrendatario, así como los derivados de vicios constructivos.

Técnicas para la gestión de conflictos inmobiliarios

Además, se expusieron diversas técnicas clave para la gestión eficaz de los conflictos, tales como la escucha activa, la importancia de legitimar al cliente, la diferenciación entre posiciones e intereses, la reformulación de los mensajes y el uso de preguntas estratégicas que faciliten el diálogo y la comprensión mutua.

En esta línea, se presentaron también herramientas prácticas para el agente de la propiedad inmobiliaria como mediador en los conflictos inmobiliarios, entre las que destacan la necesidad de separar a las personas del problema, el uso de la escucha activa junto con el valor del silencio, y el arte de generar opciones que permitan alcanzar acuerdos satisfactorios para todas las partes.

Igualmente, se abordó el concepto de los MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias), analizando las distintas vías existentes para la resolución de conflictos fuera de la vía judicial. Entre ellas se destacaron la mediación, la conciliación pública, la intervención de un experto independiente, la oferta vinculante confidencial, la negociación directa entre las partes y el derecho colaborativo, como alternativas eficaces para lograr soluciones más ágiles y satisfactorias.

El Api como mediador en los conflictos inmobiliarios

En relación con la mediación, se planteó el papel que puede desempeñar el agente de la propiedad inmobiliaria como mediador, siempre dentro del marco legal vigente. Se recordó que, según la Real Academia Española, la mediación consiste en la intervención de una persona neutral para facilitar un acuerdo entre las partes.

Asimismo, conforme al artículo 1 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, se entiende por mediación aquel medio de solución de controversias en el que dos o más partes intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo, con la intervención de un mediador.

Por su parte, el artículo 11 de la citada ley establece los requisitos que debe cumplir el mediador, destacando que debe actuar con imparcialidad y neutralidad, estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y contar con la formación específica necesaria para el ejercicio de la mediación.

El conflicto es inherente del negocio inmobiliario

Finalmente, las ponentes introdujeron conceptos como la pirámide de posiciones, intereses y necesidades, ilustrándolo mediante la conocida fábula de los sabios y el elefante, como ejemplo de la importancia de comprender las distintas percepciones de una misma realidad. Como cierre de la sesión, se plantearon diversos supuestos prácticos de mediación, tales como la falta de entrega de llaves en el momento de la firma, la existencia de derramas de comunidad no comunicadas por el vendedor o la aparición de vicios ocultos que ninguna de las partes desea asumir, generando un espacio de reflexión y análisis sobre la aplicación real de las herramientas expuestas.

Como conclusión, se destacó que el conflicto forma parte inherente del negocio inmobiliario, pero no así su escalada. En este sentido, se puso en valor el papel del agente de la propiedad inmobiliaria como facilitador y orientador en la gestión de situaciones complejas, así como la importancia de abordar los conflictos de manera temprana y profesional. Asimismo, se subrayó que los MASC deben entenderse no como un mero trámite, sino como una verdadera oportunidad para alcanzar soluciones más eficaces, ágiles y satisfactorias para todas las partes implicadas.

Acceso a información del Curso https://www.formacionapicordoba2026-esal.es/gestion-de-conflictos-y-mediacion-inmobiliaria/

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